SAMPSON LEWKOWICZ - Comunicado de Prensa - Caso FUB - CUBAP  

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El principal diario del departamento (Provincia) de Paysandú recibió con alegría la defensa exitosa de la campeona mundial ligero de la WBA-AMB, Cecilia Comunales natural de ese pueblo (Imágen: El Telégrafo)


A continuación el texto del Comunicado de Prensa del prestigioso promotor internacional uruguayo Sampson Lewkowicz ante los hechos de dominio público, en el enfrentamiento de la Federación Uruguaya de Boxeo con la recientemente formada CUBAP (Comisión Uruguaya de Boxeo Amateur y Profesional).





Paysandú, 22 de julio de 2013


En virtud de los hechos de notoriedad relativos al ilegítimo intento de un grupo de personas que, amparados detrás de una forma jurídica viciada y con el injustificado apoyo de algún funcionario de la Dirección de Deporte del Ministerio de Turismo y Deporte, generaron numerosas dificultades para el normal desarrollo del evento deportivo de fecha 20 de julio de 2013 en el que la deportista uruguaya, campeona mundial de boxeo categoría Ligero (AMB), Cecilia Comunales, defendía su título, el suscrito promotor entiende pertinente informar a la prensa y la opinión pública en general:

- El acoso y hostigamiento permanentemente padecido por la campeona uruguaya Cecilia Comunales y todo su entorno deportivo, así como el sufrido por otros deportistas e instituciones vinculadas al boxeo nacional, hicieron imprescindible la creación de nuevas entidades dirigidas a la práctica y defensa eficaz del verdadero interés del deporte de los puños, tanto amateur como profesional. En ese marco se inscribe la CUBAP (Comisión Uruguaya de Boxeo Amateur y Profesional) cuya legitimidad, legalidad y validez debió ser reconocida -en el marco de ese hostigamiento institucional- por el Poder Judicial mediante la sentencia Nº 53/2013, de fecha 19 de julio de 2013, dictada por el Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de Sexto Turno de Paysandú, Dr. Fernando Islas.

- La Federación Uruguaya de Boxeo es una entidad privada sin ninguna potestad legal de imponer a personas o instituciones ajenas a ella ninguna clase de obligaciones o normas. Su vigencia debiera extinguirse, junto a su personería jurídica y los individuos que en la actualidad invocan ser sus “dirigentes” pues emergen de una situación absolutamente inválida, todo cuanto se encuentra constatado en el expediente administrativo Nº 412/98 del Ministerio de Educación y Cultura (Asociaciones Civiles y Fundaciones) dentro del cual,  sucesivos y reiterados dictámenes técnicos, indican las innumerables irregularidades existentes y establecen que debería procederse sin más trámite  a cancelación y cierre de la referida Federación Uruguaya de Boxeo. Este expediente se encuentra desde largo tiempo atrás “guardado” en algún cajón de algún funcionario, impidiendo así el dictado de la resolución pertinente por parte del Poder Ejecutivo, por razones que escapan al conocimiento del suscrito, pero que quizás pudieran reflejar los intereses espurios de parte de algunos y la irresponsabilidad de parte de otros.

- El daño patrimonial, económico y moral producido por el accionar irreflexivo e ilegítimo de estas personas que invocan representar a la Federación Uruguaya de Boxeo, y de algún funcionario desde algún cargo dentro de la Dirección Nacional de Deporte, ha sido enorme para alguien que -como el suscrito- ejerce un trabajo donde su prestigio y buen nombre es herramienta fundamental del éxito que ha coronado una carrera internacional con muchísimos años de reconocimiento. Aún mayor es el daño provocado a la única campeona mundial verdadera que tiene y ha tenido nuestro país, y a su manager y todo su entorno, en violación al derecho al trabajo constitucionalmente protegido expresamente por los Arts. 7º y 36º de la Carta vigente.

- En el mismo sentido, la inútil tentativa de impedir la conformación, nacimiento y desarrollo de la CUBAP de parte de esas personas y de ciertos funcionarios, pretende desconocer groseramente el derecho a la libre asociación y a la libertad de los ciudadanos de realizar cualquier actividad lícita, consagrados también expresamente por nuestra Constitución vigente, en sus Arts. 7º, 10º y 39º.

- Quien se presenta a los medios como el actual “presidente” de la Federación Uruguaya de Boxeo no es más que un ex deportista que abrió su camino hacia la posición que pretende ocupar mediante la intimidación física, y aún la agresión lisa y llana a distintos dirigentes, técnicos y deportistas que de algún modo pretendieron defender normas, principios e ideas que le impedían llegar a instalarse en la posición que ahora invoca.

- El suscrito se propone desarrollar todas las acciones tendientes a obtener la adecuada reparación de los daños que ha padecido, tanto él como la deportista y toda su gente, así como todas las acciones tendientes a obtener la aplicación plena de las normas sobre aquellos que han actuado en abuso, exceso o directa violación del derecho, tanto particulares como funcionarios públicos, en cuanto fuera pertinente, todo ello sin afán de beneficio alguno, sino persiguiendo el pleno respeto a las normas de derecho del deporte del boxeo uruguayo, a sus deportistas, a sus trabajadores y a todos aquellos que de verdad lo quieren y no lo utilizan -o al menos pretenden hacerlo- como una herramienta envilecida para su propio y minúsculo interés personal.

Desde ya muchas gracias por la atención prestada a la presente. Hacemos propicia la ocasión para hacerles llegar nuestros más sinceros saludos,


Sampson LEWKOWICZ

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