SENTENCIA JUDICIAL - CUBAP vs FUB - VELADA COMUNALES - 20 JUL 2013  

Publicado por Unknown



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Estimados:

Pese a todos los intentos realizados por la Federación Uruguaya de Boxeo, que de manera inexplicable intentó por todos los medios obligar a la suspensión de la velada boxística organizada para el sábado 20 de julio por la Comisión Uruguaya de Boxeo Amateur y Profesional (Cubap) y Sampson Boxing, el espectáculo se desarrollará tal como estaba previsto.

Ante la presión poco entendible realizada por la Federación Uruguaya de Boxeo, que intentó que boxeadores y público fueran privados de su derecho a trabajar y de apoyar al deporte que amamos enviando misivas al Ministerio de Turismo y Deporte, y a la Intendencia de Paysandú (entre otras), denunciando la ilegalidad de la Comisión Uruguaya de Boxeo Amateur y Profesional y de su imposibilidad de organizar espectáculos boxísticos, es que la Cubap decidió presentar un recurso de amparo ante la Justicia a través de las Dras. Lorena Curuchet y Mariana Ferro.

Finalmente el juez subrogante, del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Sexto Turno de Paysandú, Dr. Fernando Islas, en sentencia Nº 53/2013 no dio lugar a la demanda de amparo presentada por la Cubap, en virtud de que no existen actos ilegítimos  o con ilegitimidad manifiesta.

No obstante la sede judicial se pronunció a favor la legalidad y licitud del accionar y la actividad de la Cubap, y a texto expreso estableció que el Ministerio de Turismo y Deporte reconoce a la Cubap como persona jurídica existente. Y al citar las normas en la materia, refiere a la ley 17.292, que en su artículo 68 reza, a grandes rasgos, que las federaciones deportivas reconocidas por el Ministerio son las autorizadas para organizar competencia oficiales.

En consecuencia, interpretando lo manifestado por la sede, el  Ministerio ha reconocido a la Cubap como persona jurídica, y por tanto  la Comisión Uruguaya de Boxeo Amateur y Profesional está dentro de las instituciones autorizadas para organizar competencias oficiales, tal como establece el citado artículo.

En archivo adjunto enviamos a Ud. la sentencia Nº 53/2013.

Sin más, lo saludamos atentamente,

Comisión Uruguaya de Boxeo Amateur y Profesional


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LA PELEA SERÁ TELEVISADA POR VTV (22 HS LOCAL), TyC SPORTS (22:30 HS DE ARGENTINA) Y LA TELE, CANAL 12 EN URUGUAY (23 HS LOCAL)


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1 comentarios

Anónimo  

Pués me leí toda la sentencia y no deja de ser un truco jurídico la forma como la interpretaron; pero, es un truco éticamente válido porque impidió una barbaridad. Pasándo a lo deportiva Cecilia noqueó en el primer round, entiendo que contundentemente. Espero a ver el video para opinar mejor; pero, me sospechaba algo así porque las últimas fotos de Cecilia mostraban un brazo muy respetable, que ya empezaba a vislumbrase en su pelea anterior. Eso es señal de mucho gimnasio y de compromiso con la carrera. Y a propósito de video, no he podido encontrar como configurar youtube para que muestre todas las resoluciones. Lo que he leído es que sube el video con la resolución que tenga originalmente y luego permite seleccionar esa u otra resolución menor. También dicen que cuando pasa un caso como el tuyo es cuestión de que cambies la configuración de valores predeterminados; pero, no dicen exactamente que valores. Por qué no haces una prueba ?. El video de Cecilia es muy corto. Porque no lo subes con la máxima resolución conque lo hayas grabado ?. Podríamos mirar si efectivamente puede descargarse a esa resolución.

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